WOLA: Advocacy for Human Rights in the Americas
2 Sep 2016 | Noticias

Expresamos nuestra satisfacción por la sentencia dictada en el caso de la masacre de Accomarca

Una declaración conjunta de WOLA y Coordinadora Nacional por Derechos Humanos, Perú

Después de 31 años de la masacre de Accomarca, y luego de un juicio oral que ha demorado casi seis años, los familiares de este terrible crimen lograron que la justicia peruana se pronuncie en su caso. En la madrugada del primero de septiembre de 2016, la Sala Penal Nacional dictó una sentencia condenatoria a diez ex miembros del Ejército Peruano, cinco de ellos oficiales, por la matanza de 71 ciudadanos y ciudadanas peruanos, la mayoría mujeres, ancianos y niños. La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y el Washington Office on Latin America (WOLA) expresamos nuestro reconocimiento a la sentencia emitida por su carácter ejemplar y reparador hacia los familiares que por tantos años han buscado superar la impunidad que ha rodeado este caso.

La sentencia condenó no sólo a los ejecutores directos del crimen, sino también a los oficiales que planificaron y ordenaron la masacre y su posterior encubrimiento. Consideramos que es trascendental que la justicia peruana haya reconocido que este crimen no fue un acto aislado producto del estrés de algún agente en particular en medio del conflicto armado interno, sino que ha quedado demostrado la responsabilidad penal por el crimen de los altos mandos que integraron el Estado Mayor de la Segunda Región Militar.

El fallo reconoció que la masacre constituye una ‘grave violación a los derechos humanos compatible con delitos de lesa humanidad’. Por lo tanto los condenados recibieron sentencias que varían entre 23 y 25 años para los oficiales, y a diez años para los que no eran oficiales. Seis acusados fueron encontrados no culpables, entre ellos el General EP José Williams Zapata. Once militares imputados en el caso están en calidad de fugitivos; la Sala ordenó su captura y la realización de un nuevo juicio una vez se efectúe las capturas.

Con la excepción de Telmo Hurtado —el único acusado que ha estado encarcelado a lo largo del proceso judicial— los demás condenados no se presentaron a la lectura de sentencia. Eso nos resulta extraño debido a que ellos han estado asistiendo las audiencias desde que se inició el juicio en noviembre de 2010. No es la primera vez que se produce una situación así. Por lo tanto invocamos a las autoridades judiciales reflexionar sobre la necesidad adoptar medidas que prevengan la elusión de la ley de esta manera. En este caso concreto, exigimos que el Ministerio del Interior dicte en lo inmediato una orden de captura de los nueve condenados para que de manera inmediata cumplan su pena.

Asimismo, creemos es importante que el Poder Judicial reflexione sobre las implicancias perjudiciales de las dilaciones innecesarias que sufrió este proceso, y que no es caso único. Más allá de la larga espera para que se diera desde el inicio del juicio oral en noviembre de 2010, este demoró cinco años y diez meses, debido a las actuaciones dilatorias de la defensa, la complacencia de la sala hacia los imputados, y la tardanza recurrente de la misma sala.

Este maltrato se hizo más evidente aún en la lectura de sentencia: la sala citó la audiencia para las 11 de la mañana del día 31 de agosto; sin embargo, sin explicación alguna por parte de la Sala, la lectura se inició recién a partir de las 7:30 de la noche y culminó en la madrugada del día siguiente.  Es un derecho de los familiares y de los mismos imputados de tener un juicio oral justo y eficaz. Por lo tanto exigimos que el Poder Judicial adopte medidas para asegurar que los otros casos de graves violaciones de derechos humanos no sufran los mismos obstáculos innecesarios.

Finalmente llamamos la atención al Poder Judicial por la restricción innecesaria y sin explicación alguna del acceso a la audiencia por parte de las víctimas y el público – observadores de organismos de derechos humanos, así como la prensa nacional e internacional-. Al respecto, solo se permitió el ingreso de 20 familiares de las víctimas. Inicialmente dijeron que no permitirían el ingreso de la prensa, aunque luego admitieron el ingreso de ocho miembros de la prensa escrita. Otros medios de comunicación no pudieron ingresar. Tampoco se permitió el ingreso a las y los representantes de organizaciones de derechos humanos, incluyendo las dos organizaciones firmantes de este comunicado. El representante del Poder Judicial señaló que esta restricción se dio por razones de seguridad, sin dar mayor explicación. De acuerdo a la ley peruana, las audiencias en los juicios orales son de carácter público, por lo que esta restricción fue irregular y limitó la transparencia de procesos legales de interés público.

WOLA y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos expresamos nuestra admiración para con las personas sobrevivientes de la masacre de Accomarca así como los familiares de los que fueron asesinados aquel 14 de agosto de 1985. Su perseverancia y resiliencia han logrado que el Poder Judicial dicte una sentencia ejemplar y reparadora, que nos encamine hacia la reconciliación como país.

Lima y Washington, D.C., 1 de spetiembre de 2016

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