WOLA: Advocacy for Human Rights in the Americas

AP Photo/Eduardo Verdugo

20 Mar 2018 | Pronunciamiento conjunto

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos lleva a cabo audiencia sobre implicaciones de la nueva Ley de Seguridad Interior de México

Washington D.C. / Nueva York / Stuttgart / Ginebra, 20 de marzo de 2018—El Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México mantiene su preocupación por la nueva Ley de Seguridad Interior y por la negativa del gobierno mexicano de aceptar las implicaciones de esta ley. El Observatorio Internacional urge a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a utilizar todos los mecanismos a su disposición para prevenir la militarización de la seguridad pública en México. En particular, el Observatorio insta a la CIDH a poner a disposición de la Suprema Corte de México su experticia durante la revisión de la ley propuesta, así como a solicitar la Opinión Consultiva de la Corte interamericana de Derechos Humanos sobre esta materia.

Promulgada el 21 de diciembre de 2017, la Ley de Seguridad Interior concede facultades amplias y excepcionales al Ejército mexicano para participar en tareas de seguridad pública, incluidos poderes de investigación penal, pero no incluye medidas específicas para la rendición de cuentas o la supervisión civil de las operaciones militares.

Los miembros del Observatorio Internacional, que incluye a 10 grupos internacionales de derechos humanos y justicia, han prevenido que esta ley refuerza el actual clima de impunidad en México debido a las repetidas fallas de las fuerzas militares mexicanas de hacer responsable y exigir cuentas a su personal por graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo casos de desapariciones forzadas, torturas y ejecuciones extrajudiciales.

De hecho, la semana pasada el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU concluyó que, en la investigación sobre la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa en el 2014, “cuenta con fuertes elementos de convicción” que algunas de las personas aprehendidas y acusadas en el caso fueron detenidas arbitrariamente y torturadas por oficiales federales. También destacó “un modus operandi prácticamente uniforme” de detener y torturar arbitrariamente a personas para extraer información o confesiones, así como de demoras significativas para llevarlas ante un fiscal.

El pasado 2 de marzo, la CIDH sostuvo una audiencia sobre esta Ley durante su sesión en Bogotá, Colombia, y recibió testimonios de defensores de derechos humanos mexicanos y respuestas de los representantes del gobierno. Antes de la promulgación de la Ley, la CIDH había expresado su preocupación por los riesgos que ésta plantea para los derechos humanos y advirtió que la Ley incluye disposiciones que son contrarias a las normas internacionales de derechos humanos. De hecho, la CIDH instó a México a “desarrollar un plan concreto para el retiro gradual de las Fuerzas Armadas de tareas de seguridad pública y para la recuperación de éstas por parte de las policías civiles”, al tiempo que debe fortalecer la capacidad de la policía para llevar a cabo tareas de seguridad.

Estas inquietudes fueron reiteradas por varios miembros de la CIDH durante la audiencia. Ellos expresaron su preocupación de que las fuerzas armadas no solo carecen de la capacitación adecuada para lidiar con la seguridad ciudadana, sino que la Ley también pone en riesgo otros derechos fundamentales, incluido el derecho a protestar y el derecho de acceder a la información.

Los miembros del Observatorio Internacional acogieron el continuo interés de la CIDH sobre este tema, pero se mostraron decepcionados por la respuesta del Estado Mexicano durante la audiencia, que incluyó:

  1. El argumento de que la Ley estaba justificada porque los organismos policiales se habían visto comprometidos por vínculos con bandas criminales en varios casos. Esta afirmación ignora otros factores, incluyendo el hecho de que el despliegue de las fuerzas armadas ha incrementado la violencia en zonas del país y que los soldados e infantes de la Marina con frecuencia cometen violaciones de derechos humanos con total impunidad, o el hecho de que las fuerzas armadas están lejos de ser inmunes de ser influenciadas por el crimen organizado.
  2. Citar ejemplos de tropas desplegadas en operaciones antiterroristas en varios países europeos. Este argumento nuevamente ignora el terrible historial de participación de las fuerzas armadas en el abuso de derechos humanos y, el fracaso del Gobierno en responsabilizar a los culpables.

El 13 de marzo, la CIDH expresó su “profunda preocupación” por el decreto presidencial que autoriza una intervención federal en asuntos de orden público en el estado de Río de Janeiro, Brasil, ya que concede amplios poderes a las fuerzas armadas para restablecer el orden y coloca a las fuerzas policiales bajo el mando de un general del Ejército. Las similitudes con el caso mexicano son evidentes y esperamos una reacción igual de fuerte.

El Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México fue establecido en diciembre de 2017 por 10 grupos internacionales de derechos humanos y justicia para monitorear la situación de los derechos humanos en el país y apoyar a las organizaciones nacionales de la sociedad civil frente a las crecientes amenazas.

Los miembros fundadores del Observatorio incluyen a Amnistía Internacional, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Coordinación Alemana por los Derechos Humanos en México, la Fundación para el Debido Proceso (DPLF), Latin American Working Group (LAWG), la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), Open Society Justice Initiative (OSJI), la Organización Mundial contra la Tortura (OMTC), Peace Brigades International (PBI) y Robert F. Kennedy Human Rights.