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Combatiendo la Desinformación: el caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional

Laura Cristina Dib, Director for Venezuela at WOLA

Laura Cristina Dib

Laura Cristina Dib, Director for Venezuela at WOLA

Laura Cristina Dib

Directora para Venezuela

Laura Cristina Dib es la directora del programa de Venezuela en la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), donde...

Venezuela es el único país de Latinoamérica con una investigación abierta ante la Corte Penal Internacional (CPI). El lenguaje en torno a la CPI suele ser muy técnico y lejano para quienes no son abogados o apasionados del derecho internacional. Desde WOLA creemos que es muy importante acercar este proceso a la comunidad internacional, a los tomadores de decisiones en Washington DC, a las personas venezolanas y a todos aquellos actores interesados en lo que ocurre en Venezuela. Por eso, a través de una serie de preguntas y respuestas escritas en un lenguaje claro y con el apoyo de expertos venezolanos, les brindamos este documento de fácil comprensión sobre la investigación de la CPI sobre Venezuela.

La CPI es un tribunal permanente y con vocación universal, que se rige por el principio de complementariedad. La CPI complementa a las jurisdicciones nacionales, es decir que los Estados tienen prioridad para llevar a cabo investigaciones y brindar justicia a las víctimas y la Corte puede entrar a operar cuando se demuestra que el Estado no puede o no quiere cumplir con sus obligaciones de investigar y sancionar.

Hay dos cosas adicionales que son fundamentales para comprender cómo funciona la CPI. Primero, la CPI juzga a individuos, no a Estados. Segundo, la competencia de la Corte está limitada a los crímenes más graves contra la humanidad contemplados en el Estatuto de Roma, el tratado fundador de la Corte. Estos crímenes son: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión. Para que la Corte pueda determinar que se ha cometido alguno de esos crímenes, deben cumplirse unas condiciones mínimas que se denominan los “elementos de los crímenes” y hay unos elementos contextuales que también deben comprobarse. Por ejemplo, en el caso de los crímenes de lesa humanidad, debe quedar demostrado que se ha cometido un ataque, generalizado o sistemático, contra una población civil, con conocimiento de dicho ataque.

En septiembre de 2018 un grupo de Estados Parte del Estatuto de Roma refirió la situación de Venezuela a la CPI y el 3 de noviembre de 2021 el Fiscal anunció que el examen preliminar había concluido con la decisión de proceder con la investigación por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en ese país. A inicios de junio de 2023 el Fiscal Karim Khan visitó Venezuela por tercera vez y anunció la decisión de abrir una oficina de la CPI en el país. Adicionalmente, el 27 de junio de 2023 la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI autorizó al Fiscal a continuar la investigación, que se había suspendido temporalmente por las razones que aquí describimos. Las autoridades venezolanas han emitido comunicados que buscan desinformar sobre estos hechos. En este documento disponible para ser descargado, explicamos lo que está sucediendo.

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