WOLA: Advocacy for Human Rights in the Americas

AP Photo/Fernando Vergara

18 Apr 2017 | Análisis

La segunda misión política de la ONU en Colombia: fundamental para la protección y seguridad de defensoras y defensores de derechos humanos

El proceso de paz en Colombia ha contado con el apoyo generalizado de la comunidad internacional incluyendo los Estados Unidos y tanto el gobierno Colombiano como las FARC-EP (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia), confían que esta contribución se mantenga en el proceso de implementación de los acuerdos. El punto 6 de los acuerdos crea un mecanismo de acompañamiento internacional, en el cuál se solicita una serie de apoyos orientados a “fortalecer las garantías para la implementación de los acuerdos”Entre las contribuciones solicitadas, es importante destacar el apoyo académico del instituto Kroc de estudios Internacionales de Paz  de la Universidad de Notre Dame en Estados Unidos. Pero el principal rol se solicita a las Naciones Unidas a través de dos misiones políticas: la primera ya aprobada por el Consejo de Seguridad es para verificar el cese al fuego y la entrega de armas por parte de las FARC-EP a la ONU. La segunda misión se solicitará por el Gobierno de Colombia a la Asamblea General de las Naciones Unidas con el fin de verificar las medidas de seguridad individual y colectiva de los miembros de las FARC en el marco del proceso de reincorporación a la vida civil (Punto 3,2 del acuerdo) así como de los líderes sociales y políticos, defensores de derechos humanos y activistas de paz en los territorios. (Punto 3,4 del acuerdo). En principio la Misión II debe iniciar al término de la Misión I y tendrá un periodo de tres años prorrogables. La Mesa de Dialogo también acordó que el Estado Colombiano renueve el mandato de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos (OACNUDH) y le asignó una nueva responsabilidad de producir un informe anual sobre la situación de derechos humanos en el marco del proceso de implementación del acuerdo de paz.

Estas medidas reflejan el nivel de conciencia de las partes sobre los múltiples riesgos de seguridad que pueden afectar el proceso de paz y la necesidad de incrementar la observación internacional, de modo que pueda proveer un blindaje complementario a las medidas de protección y las responsabilidades atribuidas al Estado en el plano interno.

Primera misión política de Naciones Unidas

El acuerdo final para la terminación del conflicto armado firmado el pasado Noviembre 24 de 2016, estableció dos misiones políticas de Naciones Unidas. La primera, con el mandato de verificar el cese al fuego y hostilidades bilateral y definitivo; y la segunda con el mandato de verificar la reincorporación de las FARC-EP y la implementación de medidas de protección y seguridad personal y colectiva.

La primera Misión, compuesta por observadores no armados de países de la Celac y que supone un mecanismo tripartito Gobierno Nacional, FARC –EP y Naciones Unidas, fue solicitada formalmente por el presidente Juan Manuel Santos a través de una carta dirigida al Secretario General y al Presidente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, con fecha del 19 de Enero de 2016. En respaldo a esta solicitud, el Consejo de Seguridad emitió la resolución 2261 del 25 de Enero de 2016, en la cual dio vía libre a la solicitud realizada por el gobierno Colombiano, y “[d]ecide establecer una misión política que participará en el proceso por un periodo de 12 meses, como componente internacional y coordinadora del mencionado mecanismo tripartito (la Misión), y que estará encabezada por un representante especial del Secretario General de las Naciones Unidas” (Consejo de Seguridad, Res 2261),  también manifiesta la posibilidad de prórroga de dicha misión si esto es solicitado por el Gobierno Nacional y las FARC–EP.

Segunda misión

La segunda misión se deriva del punto 6.3.3 del acuerdo de paz. Allí establece que el gobierno nacional solicitará  Naciones Unidas a través de la Asamblea General, el apoyo para la puesta en marcha de esta segunda misión, y  agrega que “[d]icha misión iniciará sus actividades una vez concluya el mandato de la misión de verificación de cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo”.

La segunda Misión verificaría lo concerniente a los puntos 3.2 (Reincorporación de las FARC-EP a la vida civil -en lo económico, lo social y lo político- de acuerdo con sus intereses), y 3.4 (Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo)

Esta segunda misión de acuerdo con la analista internacional Laura Gil, no puede ser una continuidad de la primera, no es un segundo mandato para la primera misión, pues la naturaleza de la segunda misión  es distinta. La segunda misión, es esencialmente una misión de derechos humanos.

Elementos para la implementación de la segunda misión de Naciones Unidas

Aunque se han presentado algunos casos aislados de violación del cese al fuego por parte de las FARC y el Gobierno, los cuales han sido debidamente verificados por la Misión I, la situación de Colombia indica que los fenómenos y los riesgos más graves, que afectan la sostenibilidad de la paz provienen de fenómenos que trascienden el mandato de esta Misión y se traducen en una ola de asesinatos de líderes y lideresas sociales.

Organizaciones y Plataformas de Derechos Humanos en Colombia, han denunciado el asesinato de líderes sociales y defensores de derechos humanos, durante 2016, y luego de la firma del primer acuerdo de paz entre el Gobierno Colombiano y las FARC en el mes de Septiembre. Si bien las cifras difieren de una a otra fuente, debido a que las categorías para definir quiénes son líderes o lideresas, defensoras y defensores son distintas,  lo cierto es que todos los informes y comunicados evidencian que la situación ha empeorado. En el periodo Enero – Diciembre de 2016, el Programa Somos Defensores, reportó que 80 líderes sociales habían sido asesinados. Por su parte, INDEPAZ señaló  que para el mismo periodo, se presentaron 117 homicidios de líderes sociales y defensores de derechos humanos. Por otra parte, la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, dijo que 57 asesinatos de líderes sociales ocurrieron en 2016, 13 de los cuales pasaron después de la firma del primer acuerdo de paz en Septiembre.

Los asesinatos, amenazas y hostigamientos contra líderes y líderesas sociales y defensores de derechos humanos, han persistido en 2017. En un reciente informe de riesgo, la Defensoría del Pueblo reiteró la crítica situación de defensores de derechos humanos en el país, y refirió una lista de organizaciones por departamento de las organizaciones a las que pertenecen líderes y líderesas sociales  en especial situación de riesgo. En dicho informe, señaló la entidad, que desde el 1 de enero  hasta el 5 de marzo de 2017 se habían registrado 22 homicidios contra líderes sociales (un total de 156 defensores asesinados desde 1 de enero de 2016). De acuerdo con este organismo de control, las personas y organizaciones asesinadas o amenazadas se han destacado por liderar procesos de defensa de territorio étnicos, oposición al modelo de desarrollo extractivista, demanda por reconocimiento de comunidades campesinas o étnicas como sujetos de reparación colectiva, participación de líderes sociales en espacios de concertación con el gobierno nacional.

Ante esta oleada de asesinatos y amenazas, múltiples organizaciones de la sociedad civil han demandado que se anticipe la puesta en marcha de la segunda misión, específicamente  en lo concerniente a la verificación de las garantías de seguridad y protección para líderes y lideresas, defensores de derechos humanos y organizaciones sociales (punto 3.4 del acuerdo final). Ello porque se considera que el rol de verificación de la comunidad internacional, y su aporte a la implementación de los acuerdos,  puede aumentar el grado de visibilidad y de protección de los líderes sociales en los territorios. Justamente por esta razón, se debe recomendar al gobierno de Colombia y a las Naciones Unidas, el diseño de una Misión II que sea eficaz para frenar esta masacre del liderazgo social, apoyándose en la experiencia y fortaleciendo las capacidades de las diferentes agencias de las Naciones Unidas que han desplegado su acción en Colombia durante al vigencia del conflicto armado.  Organizaciones de la sociedad civil Colombiana han solicitado acelerar el inicio de la segunda misión, para que empiece su mandato de manera inmediata y no consecutiva a la primera misión, ello debido a la crítica situación que enfrentan líderes y lideresas y defensores de derechos humanos promotores de la paz, y el recrudecimiento de acciones de grupos armados que surgieron luego del proceso de desmovilización paramilitar.

En un reciente comunicado suscrito por la Consultoría para Derechos Humanos y Desplazamiento – CODHES-,, el Secretariado Nacional de Pastoral Social, la Coordinacion Colombia Europa Estados Unidos, la Alianza de Organizaciones Sociales y Afines, y la analista internacional Laura Gil, las organizaciones de la sociedad civil solicitan el rápido inicio de la Segunda Misión, en los siguientes términos: “[C]onsideramos necesaria y urgente la actuación de la misión política de manera simultánea, y no consecutiva, a la autorizada por el Consejo de Seguridad, dando de esta manera una respuesta efectiva al incremento de homicidios a defensores/as de derechos humanos y líderes/as sociales”.

Las organizaciones refieren que la OACNUDH tendría un rol fundamental en esta segunda misión a través de un mandato específico, que permitiría renovar y ampliar su mandato existente y rendir informes no solo al consejo de seguridad de Naciones Unidas, sino también a la Asamblea General.

Resulta de especial significación la presencia de la  OACNUDH más de 20 años en Colombia. Durante este tiempo ha desarrollado procesos de observación de las diversas situaciones de violaciones de derechos humanos y las infracciones del Derecho Internacional Humanitario, ha formulado recomendaciones a las autoridades y ha desplegado una gran capacidad de interlocución tanto con las instituciones del Estado como los pueblos y comunidades campesinas, indígenas, afrodescendientes, mujeres  que habitan en las zonas rurales.

Finalmente, es de vital importancia señalar que conforme a lo establecido cen el capítulo étnico de los acuerdos de la Habana, y las obligaciones internacionales del gobierno Colombiano en materia de derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes, las medidas de protección y mecanismos de seguridad para líderes y defesnores de derechos humanos debe atender a las particularidades de los pueblos étnicos. En ese sentido, es trascendental que Naciones Unidas en su rol de verificación, observe y establezca recomendaciones específicas en lo concerniente a protección  individual y colectiva, y garantías de seguridad de líderes y líderesas, familia extensa, y comunidades étnicas en Colombia.