WOLA: Advocacy for Human Rights in the Americas
24 Mar 2023 | Pronunciamiento conjunto

Carta estratégica de la sociedad civil al Secretario Blinken sobre el capítulo étnico

Antony Blinken
Secretario de Estado
Gobierno de EE.UU.
Washington, DC

22 de marzo de 2023

Nos alegró mucho que la Administración Biden anunciara públicamente que Estados Unidos es acompañante internacional del Capítulo Étnico del acuerdo de paz de Colombia de 2016. La ceremonia de firma que tuvo lugar con usted y la vicepresidenta Francia Márquez en octubre de 2022 fue simbólicamente importante porque elevó el perfil de las cuestiones afrocolombianas e indígenas a nivel mundial y ratificó el apoyo vital que el Gobierno de Estados Unidos ya venía prestando a los grupos étnicos en Colombia.

Para asegurar que el acompañamiento de Estados Unidos al Capítulo Étnico avance, creemos que Estados Unidos y Colombia deben desarrollar una estrategia conjunta similar al Plan de Acción Laboral Colombia-Estados Unidos (LAP) que detalle cómo trabajarán los dos países para monitorear y avanzar en la implementación del Capítulo Étnico. Se necesita una hoja de ruta sobre cómo Estados Unidos puede ayudar a Colombia a avanzar en el Capítulo Étnico a corto, medio y largo plazo. Esta hoja de ruta y esta estrategia deben desarrollarse a través de un proceso de consulta con la Alta Instancia Especial para los Pueblos Étnicos (IEANPE), la Comisión Étnica de Paz, el Consejo Afrocolombiano de Paz y otros actores clave de la sociedad civil.

Recomendamos que dicha estrategia incluya lo siguiente:

1) Identificación de temas prioritarios, pasos a seguir e indicadores para medir los avances.

2) Designación clara de los responsables de impulsar los diferentes aspectos del Capítulo Étnico dentro de los dos gobiernos. Explicación de los papeles que deben desempeñar las distintas agencias estadounidenses y ministerios colombianos, el Congreso de Estados Unidos y la sociedad civil estadounidense. Definición de una agenda o calendario y de los temas a tratar.

3) Una explicación de cómo este esfuerzo integrará, complementará y mejorará los esfuerzos existentes del gobierno de Estados Unidos, como el Plan de Acción Racial de Colombia (CAPREE) y el Plan de Acción Laboral de Colombia (PAL), y cómo se articularán estos planes y el Capítulo Étnico. Del mismo modo, una explicación de cómo este esfuerzo complementa y mejora la programación de USAID sobre los pueblos afrocolombianos e indígenas.

4) Esta estrategia debe incluir reglas de juego que sean culturalmente sensibles y respeten los métodos de relacionamiento de las comunidades étnicas con los líderes, autoridades territoriales y comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y rom. Debe incluir un circuito continuo de consulta, evaluación y retroalimentación de los pueblos étnicos y las autoridades, incluyendo la Alta Instancia Especial para los Pueblos Étnicos (IEANPE), la Comisión Étnica de Paz, el Consejo Afrocolombiano de Paz y otros actores clave de la sociedad civil.

5) Un plan financiero que identifique los recursos disponibles para llevar a cabo este esfuerzo y qué recursos se necesitan. Esto permitirá la posibilidad de buscar asociaciones con el sector privado, otros países interesados y donantes.

6) Los detalles de dicha estrategia requieren un proceso de consulta con la Alta Instancia Especial para los Pueblos Étnicos (IEANPE), la Comisión Étnica de Paz, el Consejo Afrocolombiano de Paz y otros actores clave de la sociedad civil. Adicionalmente, recomendamos que el gobierno de Estados Unidos (Ejecutivo, Departamento de Estado, USAID, Congreso y otras agencias) apoye las siguientes líneas de acción para el fortalecimiento del Capítulo Étnico identificadas por los voceros de la Instancia Étnica de Alto Nivel para los Pueblos Étnicos (IEANPE), que ratificaron tres líneas de acción para el fortalecimiento del Capítulo Étnico:

1) Avanzar en el proceso de supervisión y seguimiento.

2) Análisis y promoción ante la comunidad internacional y los organismos gubernamentales.

3) Desarrollo de capacidades en los ámbitos de aplicación directa.

Para avanzar en estos ejes, hay que tener en cuenta los siguientes criterios:

a. Deben avanzar a nivel territorial nacional y regional.

b. Las personas deben recibir formación sobre el Capítulo Étnico.

c. Se deben desarrollar canales de comunicación entre el IEANPE, las autoridades territoriales y los líderes étnicos con el gobierno nacional y la comunidad internacional. Para complementar estos esfuerzos, es necesario que EE.UU. ayude a avanzar en las recomendaciones hechas en el Informe Final de la Comisión de la Verdad en su sección sobre grupos étnicos. La Comisión utilizó un protocolo de consulta previa y participación de los grupos étnicos que siguió las directrices del Capítulo Étnico.

Entre las muchas recomendaciones de la Comisión de la Verdad relevantes para esta estrategia del Capítulo Étnico, destacamos las siguientes:

1) Implementación de una política de garantía de la memoria y la verdad para la construcción
de la paz y la no repetición.

2) Para asegurar que el pasado no se repita adelantar los ajustes políticos, normativos e institucionales necesarios (especialmente a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras) que garanticen una reparación integral, diferenciada y transformadora para las víctimas del conflicto. Estos deben darse en un plazo razonable para que puedan tener un impacto real sobre la exclusión, la pobreza y las desigualdades históricas que enfrentan las víctimas étnicas.

3) Adelantar un plan de emergencia para garantizar de manera prioritaria el cumplimiento de las órdenes sobre reparación integral de las víctimas del conflicto armado contenidas en sentencias de organismos internacionales de derechos humanos.

4) Avanzar en un Estatuto de derechos y garantías para las organizaciones y movimientos sociales -en particular las organizaciones de base de grupos históricamente marginados- que permita reconocer, fortalecer y garantizar su incidencia en los asuntos públicos. Debe prestarse especial atención a las mujeres, las personas LGBTIQ+, los pueblos étnicos y los campesinos.

5) Garantizar espacios de diálogo y concertación con las autoridades territoriales y étnicas, las comunidades, sus organizaciones, la academia y las organizaciones de derechos humanos y especializadas, en torno al diseño, implementación y seguimiento de la política de drogas en territorios rurales afrocolombianos e indígenas.

6) Diseñar y promover una política pública sobre cómo interactúan el sistema de justicia ordinario y los sistemas de justicia propios de los pueblos étnicos. Esta debe ser construida conjuntamente con las autoridades étnicas representativas. Como parte de la política se debe promover la creación de la Ley para la articulación de la Jurisdicción Especial Indígena y la jurisdicción ordinaria en el marco de la Mesa Permanente de Pueblos Indígenas.

7) Concertar y priorizar con los pueblos étnicos los ajustes normativos e institucionales para garantizar los derechos consagrados en la Constitución Política de 1991. Para avanzar en esto, se requiere, por parte de cada pueblo:

● Pueblos indígenas: desarrollo de los artículos 2, 7, 10, 40, 246, 246, 286, 287, 329 y 330 de la Constitución de 1991, el bloque de constitucionalidad y el capítulo étnico del Acuerdo Final de Paz, de tal manera que se garanticen los derechos relacionados con las Entidades Territoriales Indígenas, la participación política y la Jurisdicción Especial Indígena, entre otros.

● Pueblo negro, afrocolombiano: en cumplimiento de los artículos 2, 7 y el artículo transitorio 55 de la Constitución de 1991, el bloque de constitucionalidad y el capítulo étnico del Acuerdo Final de Paz, garantizar que las normas de la Ley 70 de 1993 se desarrollen a cabalidad, el cumplimiento en materia de entidades territoriales, la autonomía y protección de los territorios colectivos de las comunidades negras, y el desarrollo diferenciado de las ciudades y municipios con mayor presencia afrocolombiana y negra en el país.

● Pueblo raizal: en cumplimiento de los artículos 2, 7 y el artículo transitorio 55 de la Constitución de 1991, la Ley 70 de 1993, el bloque de constitucionalidad y el capítulo étnico del Acuerdo Final de Paz, avanzar en la aprobación del Estatuto de Autonomía del Pueblo Raizal para garantizar la institucionalidad, competencias, sedes y procesos de coordinación interinstitucional, que reconozcan el territorio ancestral raizal y la protección de sus tierras.

● Pueblo Palenquero: en cumplimiento de los artículos 2, 7 y el artículo transitorio 55 de la Constitución de 1991, la Ley 70 de 1993, el bloque de constitucionalidad y el capítulo étnico del Acuerdo Final de Paz, desarrollar la reglamentación para la creación de la entidad territorial Palenquero. Esta debe garantizar el marco institucional, las competencias y los procesos de coordinación interinstitucional.

● Pueblo Rrom: en cumplimiento de los artículos 2 y 7 de la Constitución de 1991 y del bloque de constitucionalidad, se debe desarrollar el catálogo de derechos del pueblo Rrom en materia de protección. Esto debe garantizar el marco institucional, las competencias y los procesos de coordinación interinstitucional.

Como socio del Capítulo Étnico, el gobierno de Estados Unidos debería utilizar sus oficinas diplomáticas para impulsar estas líneas de acción no sólo con el gobierno colombiano, sino también con otros países y agencias de Naciones Unidas.

Esperamos seguir dialogando con usted sobre esta cuestión.
Atentamente,

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)
UNIAFRO
SoulsaPaz
MADRE
Grupo de Trabajo sobre América Latina (LAWG)
Instituto Internacional para la Raza y la Igualdad
Negro global
PARA LA PRESENCIA DE LA PAZ
Comité de Derechos Humanos de Colombia
Colombia Acuerdo de Paz ONG
Ciclo Estudios Africanos y la Diáspora (CEADA)
Colectivo Arraigo
Foro Afrolatin@
Iniciativa Global Afrocolombiana
Robert Benz
Michael Birenbaum Quintero, Catedrático y Profesor Asociado de Musicología y
Etnomusicología,
Universidad de Boston
Eunice M. Escobar, MPA, Asociación para la Ecología Humana Creativa
Humberto Garcés
Joseph F. Jordan, Proyecto de Apoyo al África Austral (SASP)
Mbare Ngom, Decano y Profesor, The James H. Gilliam, Jr. de Artes Liberales
Universidad Estatal Morgan
Víctor Rodríguez

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