WOLA: Advocacy for Human Rights in the Americas
9 Mar 2016 | Noticias

ONGs internacionales exigen transparencia en la elección de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala

Comunicado conjunto

Como coalición de organizaciones de derechos humanos, hemos seguido con gran interés el proceso de selección de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, un tribunal autónomo de última instancia que desempeña un papel crucial en el sistema legal de este país. Las autoridades electorales tienen una oportunidad y un deber único para asegurar que el pueblo guatemalteco tenga magistrados constitucionales honorables, extremadamente capaces, imparciales e independientes. Nos unimos al llamado de Guatemala y de la comunidad internacional, en favor de la conformación de una Corte de Constitucionalidad que fortalezca y contribuya a una sociedad con justicia para todos.

La Corte de Constitucionalidad tiene un rol clave en la lucha del pueblo guatemalteco contra la corrupción y la impunidad del pasado y del presente, dado que es el garante de los derechos humanos de toda la población. Un ejemplo del impacto que pueden llegar a tener sus decisiones, lo constituye la controvertida sentencia que este órgano colegiado emitió en 2013 por una mayoría de 3 a 2, revirtiendo la histórica condena al ex dictador Efraín Ríos Montt por genocidio y delitos contra los deberes de humanidad cometidos contra el pueblo Maya Ixil. Es importante advertir que la nueva conformación de la Corte de Constitucionalidad, podría llegar a revisar lo resuelto en los casos de corrupción paradigmáticos investigados por la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y el Ministerio Público, como es el caso La Línea que llevó a la renuncia y captura del ex presidente Otto Pérez Molina y la Vice Presidenta Roxana Baldetti. Por ese motivo, es de interés nacional e internacional, garantizar que quienes la integren, sean magistrados independientes, imparciales y altamente calificados.

De acuerdo con la Constitución, cinco entidades–el Congreso de la República, la Corte Suprema de Justicia, la Universidad de San Carlos de Guatemala, el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y el Presidente de la República en Consejo de Ministros–deben nombrar, cada una, a un magistrado titular y un suplente para integrar la Corte de Constitucionalidad. Este proceso se lleva a cabo cada cinco años, y se espera que los nuevos magistrados electos asuman el cargo el próximo mes de abril. Como hemos enfatizado durante otros procesos de selección, incluyendo el de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala en 2014, es importante tener en cuenta que los estándares y buenas prácticas internacionales en materia de elección de miembros de altas cortes, exigen que los procedimientos sean transparentes y basados en criterios objetivos para determinar los méritos de los aspirantes.

Las organizaciones reconocemos que en la actual elección de magistrados de la Corte de Constitucionalidad han existido ciertas mejoras, en especial respecto de la transparencia del procedimiento. Al respecto, queremos subrayar el excelente y riguroso trabajo de varias organizaciones de la sociedad civil guatemalteca, cuyos miembros han trabajado diligentemente para informar e interceder para lograr esta mayor transparencia, tanto en el actual como en otros procesos de selección de altas autoridades. Como resultado de este trabajo, la mayoría de los entes electores –salvo uno- han adoptado voluntariamente, como marco para sus respectivos procedimientos, lo establecido en la Ley de Comisiones de Postulación, permitiendo así el monitoreo público de las actividades y las calificaciones de los candidatos a la Corte de Constitucionalidad.

Lamentablemente, el Presidente Jimmy Morales no se ha unido al compromiso con este espíritu de transparencia y es muy poca la información que ha revelado públicamente, acerca de los criterios y procedimientos que utilizará para ejercer su facultad de seleccionar a uno de los magistrados titulares y un suplente para la Corte de Constitucionalidad, y apenas se ha referido a algunos posibles candidatos cuya elección estaría evaluando.  Tampoco ha considerado otorgar la posibilidad a la sociedad civil guatemalteca, para presentar objeciones o preocupaciones respecto a estos candidatos. Si bien de acuerdo al ordenamiento jurídico guatemalteco, el Presidente no está legalmente obligado a adoptar el marco trazado por la Ley de Comisiones de Postulación para este caso, es preocupante que se niegue a brindar información sobre sus decisiones, en una época en la que la importancia de la transparencia en las sociedades democráticas resulta ampliamente reconocida. Hacemos un llamado respetuoso para que, en la línea de sus compromisos para servir al pueblo guatemalteco y eliminar de raíz la corrupción del gobierno, remedie esta falta de transparencia y adopte las previsiones de la Ley de Comisiones de Postulación, para cumplir con el mandato del artículo 270 de la Constitución, seleccionando personas de “reconocida honorabilidad”. Recordamos también que de acuerdo al Artículo 113 de la Constitución, el acceso a empleos o cargos públicos no debe sino atender a razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez.

De igual modo, expresamos nuestra preocupación por el hecho de que, hasta el momento, el proceso no ha garantizado que los mejores candidatos sean los elegidos para integrar la Corte de Constitucionalidad. Asimismo, resulta preocupante la existencia de candidatos sobre los que pesan acusaciones de vínculos con actores corruptos, o que han expresado abiertamente su oposición a los mecanismos de lucha contra la corrupción.  La adopción del marco de la Ley de Comisiones de Postulación no garantiza por sí misma, la elección de los individuos mejor calificados, y por ello es necesario que los entes electores utilicen criterios para identificar el mérito. La Corte Suprema de Justicia ya hizo su elección y se espera que las cuatro autoridades restantes lo hagan muy pronto. Para ello, no se debe olvidar el contexto actual de Guatemala – un país que está luchando en contra de la corrupción y la impunidad. Asimismo, los señalamientos de potenciales conflictos de interés y vínculos con grupos al margen de la ley deben ser cuidadosamente analizados y valorados por los entes electores.

Fundación para el Debido Proceso (DPLF)

Washington Office on Latin America (WOLA)

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Plataforma Internacional contra la Impunidad

Impunity Watch