La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) alerta sobre las recientes reformas a la Ley Contra El Crimen Organizado aprobadas por la Asamblea Legislativa de El Salvador controlada por el partido oficialista Nuevas Ideas. Las modificaciones se dan en el marco del régimen de excepción vigente en el país desde marzo de 2022 y aplican a las personas detenidas en ese contexto. Entre las principales reformas se contempla:
Estas disposiciones amenazan el derecho al acceso a la justicia, el debido proceso y el derecho de defensa garantizados en tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Un contexto de permanentes violaciones a derechos humanos
La iniciativa impulsada por el Ministro de Seguridad de Nayib Bukele, se da en un contexto de grave deterioro del estado de derecho, continuas violaciones a derechos humanos y falta de acceso a la información pública. Es alarmante que el régimen de excepción se haya convertido en una política de seguridad ciudadana permanente y sin ningún control. Desde marzo de 2022, organizaciones de la sociedad civil han documentado una serie de abusos graves como detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas, procesos penales sin garantías y aproximadamente 153 muertes bajo custodia del estado.
Insostenibilidad de las políticas de seguridad
La reforma aprobada evidencia la insostenibilidad del régimen de excepción y las actuales políticas de seguridad del gobierno de Nayib Bukele, ya que ha saturado las instituciones del sistema de justicia penal que, debido al volumen de trabajo, no dan respuesta efectiva en la resolución de casos. Esto pone en duda la capacidad del Estado salvadoreño de cumplir con su obligación de debida diligencia que incluye, prevenir, investigar y sancionar la comisión de delitos.
Las reformas autorizan la agrupación de los imputados por estructura delictiva, es decir, juzgar de manera colectiva-masiva y no individual. En mayo de 2023, Naciones Unidas manifestó su preocupación debido a que, producto del régimen de excepción, el poder judicial de facto ya implementaba juicios masivos como práctica, señalando que “a los defensores públicos se les han concedido de tres a cuatro minutos para presentar los casos de 400 a 500 detenidos a la vez.”
Esto podría implicar que no se realice investigación criminal adecuada por parte de la Fiscalía, que se atente contra el debido proceso y el derecho de defensa de 71.976 personas detenidas. Asimismo, al no haber controles debidos, estas medidas pueden alcanzar a personas que no sean parte de las estructuras de las maras o pandillas.
La organización de derechos humanos Cristosal, señaló que los juicios masivos “dejan a criterio del fiscal la forma en que agrupa los casos y ante qué Tribunal se presentarán, sin mucha claridad sobre los elementos de prueba que el fiscal valorará para determinar si una persona pertenece a determinada clica y pandilla.”
Confesiones: un riesgo
La reforma determinó que la confesión rendida en un procedimiento puede ser valorada en otros procesos penales como prueba de la participación de otras personas en los hechos investigados. Es decir, que cualquier confesión de una persona sobre otra, puede ser considerada como prueba válida. Si bien la confesión es un medio probatorio válido en la legislación salvadoreña, esta medida representa un riesgo debido a las denuncias de tortura y violaciones a derechos humanos cometidas en el regimen de excepción. La Convención Americana establece que la confesión es válida solamente “si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza”, señala además que toda persona a no ser obligada a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.
En un contexto de faltas de garantías judiciales y violaciones a derechos humanos, esta disposición podría conllevar a la comisión de tortura, uso excesivo de la fuerza pública e inclusive muertes bajo custodia del Estado.
Recomendaciones
WOLA reitera la necesidad de promover políticas de seguridad ciudadana sostenibles que tengan como base el respeto a los derechos humanos y que sean acompañadas de medidas de prevención. Los actos atroces cometidos contra la ciudadanía cometidos por “maras o pandillas” deben de ser llevados a la justicia sin vulnerar el derecho a un juicio justo. Por ello se insta: